Intervine en este debate fijando la posición del Grupo Parlamentario Popular, mediante la presentación de una enmienda que buscaba Incorporar a la parte dispositiva de la PNL medidas más concretas de apoyo a las, empresas del sector que, como consecuencia de la pandemia de la covid-19, viven una dramática situación de falta de trabajo con la consiguiente pérdida de ingresos que les impiden hacer frente a sus obligados pagos especialmente los relacionados con la financiación de los vehículos de transporte.
La enmienda contenía 5 puntos, que son los siguientes:
-Establecer el límite de la vida útil de los vehículos dedicados a la prestación del servicio escolar en 18 años, en vez de los 16 actuales, siempre y cuando se cumplan las garantías técnicas y de seguridad, por la circunstancia excepcional de la imposibilidad de prestar esos servicios por las restricciones a la movilidad de la primavera escolar derivada de la Covid-19.
-Incrementar la antigüedad máxima de los vehículos de PYMEs adscritos a los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de titularidad de la Administración General del Estado en quince meses más que lo dispuesto en el Artículo 2 del “Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes”, siempre y cuando se cumplan las garantías técnicas y de seguridad.
- Extender al menos hasta 31 de diciembre de 2021 la moratoria en el pago a las entidades financieras de las cuotas mensuales de financiación de los vehículos de transporte de viajeros (leasing y renting) para los autónomos y empresas del sector.
- Mantener al menos durante todo el año 2021 el Fondo de Compensación al transporte público de viajeros.
- Garantizar la disponibilidad presupuestaria necesaria para abordar la totalidad del pago (y no una parte proporcional en función de la disponibilidad actual) del reequilibrio económico de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general a las PYMEs que presenten la solicitud de reequilibrio y cuyo anticipo ha de abonarse antes del 31 de mayo de 2021 de derecho de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 del “Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes”.
El Grupo proponente aceptó nuestra enmienda con alguna modificación y junto al texto propuesto por el G.P. de Ciudadanos, se formó una transacción que se sometió a votación.
Lamentablemente no salió adelante pues solo tuvo 14 votos a favor, frente a 16 en contra de los Grupos que apoyan al Gobierno.