Los miembros de la Comisión, reunida hoy,
martes 2 de marzo, a las 12:30 horas, dieron luz verde al dictamen por
unanimidad, con 35 votos favorables. Este texto incluye el Informe de la Ponencia y
las correcciones técnicas acordadas en Comisión.
Todas las enmiendas al articulado que
los grupos parlamentarios habían mantenido vivas para su debate en Comisión han
sido rechazadas. Habían propuesto modificaciones los grupos Socialista,
Popular, Vox, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común,
Ciudadanos y la formación política Partit Demòcrata (PDeCAT) integrada en el
Grupo Parlamentario Plural.
Fase de
Ponencia
Durante el trámite en Ponencia, se acordó por mayoría
incorporar al proyecto las enmiendas números 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9 y 11 del Grupo
Parlamentario Ciudadanos (GCs); 38, 41 a 44, 46 a 51 y 56 a 58 del Grupo
Parlamentario Plural (GPlu); 13, 14 y 18 del Grupo Parlamentario Confereral de
Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia En Común (GCUP-EC-GC); 59, 63, 64, 66 a
69, 74, 75, 77 y 83 del Grupo Parlamentario Popular (GP) y 19 a 29 del Grupo
Parlamentario Socialista.
De igual modo, se incorporaron por mayoría
ocho enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario
Socialista.
Finalizada la Comisión de hoy, que tramita
este proyecto de ley con competencia legislativa plena, el dictamen aprobado,
que incluye el Informe de la Ponencia y las correcciones técnicas acordadas,
será remitido al Senado, sin necesidad de pasar previamente por el Pleno del
Congreso.
Como presidente de la Comisión, finalice la sesión agradeciendo el
alto nivel de consenso alcanzado en la aprobación de esta norma, con amplia
aceptación de enmiendas y reconociendo el magnífico trabajo de nuestra letrada
Mónica Moreno.
Traspone
una Directiva europea
Este proyecto de ley, cuya tramitación se está realizando por el procedimiento de urgencia, fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 14 de julio y tiene por objeto transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2017/828, dirigida a mejorar el gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en la Unión Europea y de esa forma aumentar sus posibilidades de financiación y su sostenibilidad a largo plazo.
Por ello, mediante esta norma se establecen mecanismos para su identificación y se obliga a las instituciones de inversión colectiva a elaborar y hacer pública su estrategia de implicación en las sociedades en las que invierten, explicando cómo estas estrategias contribuyen a la sostenibilidad a largo plazo de las empresas.
En el mismo sentido, se regula por primera vez
la figura de los asesores de voto o "proxy advisors", entidades que
prestan servicio de asesoramiento a inversores en relación con el ejercicio del
derecho de voto derivado de la titularidad de acciones, estableciendo la
obligación de publicar información acerca del código de conducta al que estén
adheridos.
Asimismo, se incrementa la transparencia de
las operaciones vinculadas con el fin de evitar posibles conflictos de interés
y se regula con mayor detalle la información que se debe incluir en la política
de remuneraciones de los miembros del consejo de administración.
Este proyecto de ley incluye otras
modificaciones legislativas adicionales a lo establecido en la Directiva
europea y que tienen como objetivo mejorar el acceso a la financiación. Entre
estas medidas destaca la introducción de las acciones de lealtad, que establece
que los accionistas puedan otorgar un voto adicional por cada acción que se
mantenga durante dos años como mínimo.
Por otra parte, y en línea con lo establecido
en otros países de la Unión Europea, se suprime la obligación de elaborar
informes financieros trimestrales a las sociedades cotizadas, ya que podría
incentivar un enfoque cortoplacista en la toma de decisiones.
Además, se adapta también a la normativa
europea el umbral a partir del cual una emisión de valores requiere la
elaboración y publicación de folleto informativo, fijándose en ocho millones de
euros. Se conserva, no obstante, el umbral de cinco millones para las emisiones
de entidades de crédito y la posibilidad de que la CNMV pueda exigir la
publicación de un folleto si lo considera oportuno por las características de
la emisión manteniéndose así la protección de los inversores.
Finalmente, se flexibilizan y agilizan los
trámites para facilitar las ampliaciones de capital, ajustando los costes y
garantizando la protección del accionista en general y del minoritario en
particular, de tal manera que se posibilite que las empresas puedan financiarse
en los mercados de capitales de forma más eficiente.