viernes, 15 de marzo de 2024

La Comisión de Venecia adopta un dictamen sobre los requisitos de Estado de Derecho de las amnistías con especial referencia al proyecto de ley de amnistía en España



La Comisión de Venecia adoptó hoy un dictamen sobre los requisitos de Estado de Derecho de las amnistías con especial referencia al proyecto de ley de amnistía en España. 

Distribuyeron a esos efectos una Nota de Prensa  en inglés,que he traducido con Deep Transalate.

Dice así:

"Venecia, 15.03.2024 - La Comisión Europea para la Democracia por el Derecho del Consejo de Europa, más conocida como Comisión de Venecia, ha aprobado hoy, durante su 138ª reunión plenaria, un dictamen sobre los requisitos de Estado de Derecho de las amnistías, con especial referencia al proyecto de ley parlamentaria "sobre la ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña".

El dictamen se elaboró en respuesta a las peticiones del Presidente de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de un estudio sobre los requisitos de Estado de Derecho que debe cumplir una amnistía y del Presidente del Senado de España de un dictamen en respuesta a seis preguntas relativas al proyecto de ley de amnistía parlamentaria presentado al Congreso de los Diputados de España. La Comisión de Venecia analizó las disposiciones pertinentes del proyecto de ley de amnistía en su versión de 13 de noviembre de 2023. También tuvo en cuenta en cierta medida las enmiendas aprobadas por el Congreso de los Diputados el 14 de marzo de 2024.

En la elaboración de su dictamen, la Comisión ha llevado a cabo su análisis jurídico a la luz de las normas europeas e internacionales y del material comparativo. No se ha pronunciado sobre la conveniencia del proyecto de ley de amnistía, ni sobre su idoneidad para alcanzar su objetivo declarado, por considerar que se trata de decisiones políticas que corresponde adoptar al Gobierno y al Parlamento españoles. Como es su práctica habitual, la Comisión de Venecia no se ha pronunciado sobre la constitucionalidad del proyecto de ley de amnistía, que corresponde decidir en última instancia al Tribunal Constitucional español, ni sobre su compatibilidad con el Derecho de la UE, que podría ser objeto de una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

En opinión de la Comisión de Venecia, las amnistías deben cumplir varios requisitos del Estado de Derecho, entre ellos: legalidad y supremacía de la ley, lo que implica, preferiblemente, su aprobación por el Parlamento con una mayoría suficientemente amplia y, en todo caso, el cumplimiento de la Constitución; respeto del Derecho internacional -en particular, del Derecho de los derechos humanos-; seguridad jurídica, es decir, claridad, determinación, accesibilidad y previsibilidad de las disposiciones; igualdad ante la ley; independencia del poder judicial y separación de poderes.

Las amnistías suelen estar motivadas por razones de reconciliación social y política. Sin embargo, estos objetivos legítimos deben alcanzarse mediante métodos y procedimientos coherentes para no frustrar su finalidad: deben inspirarse en la inclusión, la participación, un calendario adecuado y debates públicos. En consecuencia, los procedimientos legislativos acelerados no son apropiados para aprobar leyes de amnistía, dadas sus consecuencias de largo alcance y su naturaleza a menudo controvertida.

Dado que, por definición, las amnistías conceden beneficios especiales a un grupo específico de individuos que reúnen los requisitos para acogerse a la ley, la Comisión subraya que, para evitar la arbitrariedad, debe haber coherencia a la hora de determinar qué actos están cubiertos por la amnistía, y debe existir un vínculo causal intrínseco entre ellos. Además, las amnistías son medidas impersonales que se aplican a personas o a ciertas clases de personas: por lo tanto, los criterios en los que se basan no deben estar diseñados para cubrir a individuos específicos.

La Comisión subraya que las amnistías deben perseguir un fin legítimo en interés de la comunidad y precisa que la unidad nacional y la reconciliación social y política pueden considerarse entre esos fines legítimos. La proporcionalidad exige que, en cada caso concreto, la amnistía propuesta sea un medio adecuado para lograr la unidad y la reconciliación. Además, el dictamen subraya que, si bien los órganos electos disponen de un margen de apreciación a la hora de juzgar si una amnistía es un instrumento eficaz, o si se podría optar mejor por otras opciones como el indulto y/o la modificación de la legislación penal, las amnistías deben adoptarse con una mayoría cualificada suficientemente amplia, en la medida en que pueden tener efectos muy divisorios en la sociedad.

En cuanto a la independencia del poder judicial y la separación de poderes, el dictamen señala que las amnistías tienen el efecto de anular o impedir las decisiones y los procedimientos judiciales. En opinión de la Comisión, para ser coherente con el principio de separación de poderes, debería confiarse al poder judicial la decisión de si personas concretas cumplen los criterios generales determinados por el Parlamento para aplicar la amnistía.

En cuanto al ámbito material y temporal de aplicación del proyecto de ley de amnistía en España, la Comisión de Venecia reitera que una amnistía no debe diseñarse para cubrir a individuos concretos y hace varias recomendaciones:

- Acotar y definir de forma más precisa el ámbito material y temporal de aplicación de la amnistía para hacer más previsibles sus efectos.

- Asegurarse de que se establece un nexo causal más estrecho entre "las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, su preparación o sus consecuencias" y los actos de malversación y corrupción.

- En materia de terrorismo, asegurarse de que, en la interpretación de las exclusiones, el principio rector será que las amnistías solo son compatibles con las normas internacionales si se excluyen de su ámbito de aplicación las violaciones graves de los derechos humanos.

En cuanto a las excepciones a las competencias procesales ordinarias de los tribunales que se derivan del proyecto de ley de amnistía, la Comisión de Venecia considera que son las consecuencias lógicas de la supresión retroactiva de la responsabilidad penal. Considera que, mientras la decisión sobre los beneficios individuales de la amnistía sea tomada por un juez basándose en los criterios contenidos en el proyecto de ley de amnistía, y el levantamiento de la detención, prisión y medidas cautelares sea consecuencia de dicha decisión judicial, no existe ningún problema de separación de poderes. El proyecto de ley de amnistía no debe interpretarse de manera que prive a la revisión judicial del proyecto de ley de amnistía de todo efecto práctico.

En cuanto a las comisiones de investigación creadas por el Congreso de los Diputados de España, la Comisión de Venecia recuerda que el objetivo principal de las comisiones de investigación parlamentarias es supervisar y controlar la labor del poder ejecutivo. Por lo tanto, recomienda que estas comisiones de investigación no reciban el mandato de convocar, ni siquiera de invitar a los jueces a informar, en particular sobre el fondo de sus casos, a cualquier persona ajena al poder judicial.

Por último, la Comisión de Venecia observa que el proyecto de ley de amnistía se ha presentado como una propuesta legislativa, que es un procedimiento con una consulta limitada al público, a las partes interesadas y a otras instituciones del Estado, y ha seguido un procedimiento de urgencia. También observa que el proyecto de ley de amnistía ha profundizado una profunda y virulenta división en la clase política, las instituciones, el poder judicial, el mundo académico y la sociedad española. En consecuencia, la Comisión anima a todas las autoridades y fuerzas políticas españolas "a tomarse el tiempo necesario para un diálogo significativo en un espíritu de cooperación leal entre las instituciones del Estado, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política, y a considerar la posibilidad de explorar procedimientos de justicia reparadora".

La Comisión recomienda además a las autoridades que intenten alcanzar una mayoría cualificada superior a la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, que exige la Constitución para la aprobación de una ley orgánica.

El dictamen aprobado estará disponible en formato electrónico en el sitio web de la Comisión de Venecia antes del lunes 18 de marzo."

https://search.coe.int/directorate_of_communications/Pages/result_details.aspx?ObjectId=0900001680aee38a