jueves, 12 de diciembre de 2024

En la comisión de vivienda , rechazando la pretensión de revocar la cesión de bienes inmuebles de titularidad estatal en manos de sindicatos y organizaciones empresariales

Intervengo hoy en la Comisión de Vivienda y de Agenda Urbana para fijar posición del GPP en relación con una proposición no de ley de Vox que pretende recuperar el patrimonio sindical acumulado ante la emergencia habitacional. 

Y para ello demandan que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a: “Revocar, en el plazo más breve posible, la cesión de bienes inmuebles de titularidad estatal en manos de sindicatos y organizaciones empresariales, establecida por la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del Patrimonio Sindical acumulado.” Y “desarrollar un plan de acción que incluya medidas en el corto plazo que den respuesta a la emergencia habitacional, que incluirán, entre otras, la transformación del Patrimonio Sindical Acumulado en manos de sindicatos y organizaciones empresariales en vivienda social”

Manifesté mi oposición a tal pretensión sobre la base de lo prevé el artículo 7 de la Constitución que sitúa a los sindicatos de trabajadores y organizaciones empresariales como importantes pilares dentro del Estado social y democrático de Derecho y su contribución a la defensa y promoción de los intereses económico económicos y sociales que le son propios.

Argumenté que la Ley 4/1986 de cesión de bienes del Patrimonio Sindical acumulado vino a abordar dos problemas fundamentales  el grave y complejo problema de la titularidad de los bienes y derechos procedentes de la antigua Organización Sindical y de las demás Entidades Sindicales anteriores al nuevo sistema de libertad y pluralidad sindicales consagrado por la Constitución y, por otra, el contenido histórico derivado de la incautación de los bienes de las Organizaciones Sindicales democráticas, como consecuencia de la contienda civil española.



Un Patrimonio Sindical Acumulado se integra en el Patrimonio del Estado. Estos bienes y derechos tal y como refiere la Ley pueden ser objeto de cesión en uso en favor de los Sindicatos de Trabajadores y de las Asociaciones Empresariales, con preferencia de quienes ostenten la condición de más representativos. El objeto de estas cesiones a es el de satisfacer directamente sus necesidades de funcionamiento y organización.

Por estas y otras  razones me opuse a la pretensión de revocar, la cesión de bienes inmuebles de titularidad estatal en manos de sindicatos y organizaciones empresariales.